Apreciado autónomo:
Apreciada autónoma:
Ya puedes consultar en nuestra web la Novedad Legislativa 6/2002, que detalla los aspectos más destacados del recientemente publicado RD-ley 13/2022, de 26 de julio, por el que se establece un nuevo sistema de cotización para autónomos y mejoras en la protección por cese de actividad. Esta reforma entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2023.
Te resumimos los temas más relevantes de la nueva legislación:
· Con respecto al nuevo sistema de cotización:
- Se despliega progresivamente un sistema de quince tramos que determina las bases de cotización y las cuotas en función de los rendimientos netos del trabajador autónomo. Este modelo será de transición (periodo 2023-2025) hasta que se implante el definitivo de cotización por rendimientos reales.
- Se habilita un sistema que permite a los trabajadores por cuenta propia cambiar su cuota en función de su previsión de ingresos (hasta seis veces al año).
- Y al final del ejercicio fiscal, se regularizarán las cotizaciones, devolviéndose o reclamándose cuotas en caso de que el tramo de rendimientos netos definitivos esté por debajo o por encima del indicado en las previsiones anuales.
- La ley también fija una cuota bonificada para los nuevos autónomos de 80 euros al mes, durante doce meses (que viene a sustituir a la denominada “tarifa plana de autónomos”), extensible otros doce, cuando los ingresos netos sigan siendo bajos.
· Con respecto a las mejoras en la protección por cese de actividad:
- Se introducen dos nuevas modalidades de cese parcial de la actividad por causas económicas, vinculadas a la reducción de jornada de la plantilla y a la reducción de ingresos, o al mantenimiento de deudas con acreedores, en los términos establecidos por la norma.
- Se incluye un nuevo supuesto de cese de actividad parcial por fuerza mayor, vinculada a una declaración de emergencia adoptada por la autoridad pública competente y a la caída de ingresos del 75 % de la actividad.
- Se crean dos nuevas prestaciones por cese de actividad para los autónomos ante crisis “cíclicas” o “sectoriales”, vinculadas al Mecanismo RED de Flexibilidad y Estabilización del Empleo.
- Para los supuestos de cese parcial o cese para la sostenibilidad en la modalidad cíclica, la cuantía de la prestación será del 50 % de la base reguladora; mientras que para el supuesto de cese para la sostenibilidad sectorial, la prestación consistirá en una cantidad a tanto alzado del 70 % de la base reguladora. En los tres supuestos, la entidad gestora asumirá también el 50 % de la cotización.
- Se flexibiliza el periodo en que debe acreditarse la carencia mínima necesaria para acceder a la prestación
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NOVEDADES LEGISLATIVAS AUTONOMOS ESPAÑA Autónomo: Ya puedes consultar la Novedad Legislativa 6/2002, que detalla el nuevo sistema de cotización para autónomos y mejoras en la protección por cese de actividad.
